Pasajeros Internacionales

Regla 3.2.2

La franquicia es un derecho que la Ley Aduanera ofrece a los pasajeros tanto Mexicanos como extranjeros para introducir, cierto tipo de mercancias limitadas en cantidad y valor, sin la necesidad de pagar impuestos. Sin embargo es muy comun que el pasajero pueda traer consigo mas de lo que puede introducir por medio de su franqucia, por lo que sera necesario realizar una «Importacion por Autodeclaracion» de dicha mercancia, pagando una tasa global de 16% y de acuerdo con la Regla de Caracter General de Comercio Exterior 3.2.2. que menciona lo siguiente:

3.2.2 «Para los efectos de los articulos de 50 y 88 de la Ley, los pasajeros en viajes internacionales podran efectuar la importacion de mercancias que traigan con ellos , distintas a las de su equipaje, sin utilizar los servicios de agente o apoderado aduanal, pagando una tasa global del 16%, siempre que se cumpla con lo dispuesto en la presente regla:

I. Que el valor de las mercancias, excluyendo la franquicia, no exceda de 3000 dolares o su equivalente en moneda nacional. Tratandose de equipo de computo, su valor sumado al de las demas mercancias no podra exceder de 4000 dolares o su equivalente en moneda nacional.

II. Que se cuente con la documentacion comprobatoria que exprese el valor comercial de las mercancias.

III.- Las mercancias sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias, no se podran importar mediante el procedimiento previsto en esta regla.

IV. Para la determinacion de la base del impuesto, las franquicias senaladas en la regla 3.2.3., podran dismunuirse del valor de las mercancias, segun sea el caso.

V. Que no se trate de mercancias de dificil identificacion que por su presentacion en forma de polvos, liquidos y gases requiera de analisis fisicos y/o quimicos para conocer su composicion, naturaleza, origen y demas caracteristicas para determinar su clasificacion arancelaria. En estos casos, independientemente de la cantidad y del valor consignado; se deberan utilizar los servicios de agente o apoderado aduanal.